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LEY 7744 Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos Publicada en la Gaceta No. 26 del 6 de febrero de 1998 y reformada el 07 de julio del 2011 por la Ley 8969.
Publicada en La Gaceta No. 158 del 18 de
agosto del 2011
Ley creada para las obras turísticas terrestres y
marítimas, especialmente construidas para ser
utilizadas por embarcaciones de recreo, turísticas y
deportivas, de cualquier bandera e
independientemente de su tamaño.
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La zona marítimo terrestre se compone de dos secciones:
• Zona Pública, que es la faja de cincuenta metros de ancho a contar de la pleamar ordinaria y las áreas que quedan al descubierto durante la marea baja;
• Los islotes, peñascos y demás áreas pequeñas y formaciones
naturales que sobresalgan del mar corresponden a la zona pública
• Excepciones 21 y 22, ley 6043.
- Teacher: Marjorie Solís
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En esta capacitación vamos abarcar el tema:
¿QUÉ ES UNA DECLARATORIA TURÍSTICA? Es un acto mediante el cual la Gerencia General del ICT declara a una empresa o actividad como de interés turístico, luego de cumplir con los requisitos técnicos, económicos y legales señalados en el Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas.
- Teacher: Marjorie Solís