La aplicación del presente protocolo, alcanza a cualquier instalación denominada SPA sea como unidad en solitario
o dentro de un complejo turístico, hotel o centro comercial, a todo lo ancho y largo del territorio
costarricense, sin importar el tamaño del mismo, en donde se apliquen técnicas hidrotermales, manuales,
masajes, estéticas, entre otras, y donde se involucre a un terapista físico, masajista entre otros ya sea con
motivos preventivos o estéticos.
- Profesor: Marjorie Solís